Diccionario financiero
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[ Q ]

Quebranto. Así se llama a una pérdida o daño.

Quiebra. Es un estado legal en el que una sociedad pierde la disposición y administración de sus bienes . Según un criterio jurídico, se procede entonces a la liquidación del patrimonio de la sociedad para el reparto entre los acreedores, como consecuencia de la incapacidad de la sociedad para hacer frente a las deudas contraías.

Quiebra fraudulenta. Es la quiebra que puede declarar un juez cuando la empresa realiza maniobras en evidente perjuicio de los acreedores.

Quita. Se trata del convenio entre un acreedor y su deudor por el que este paga una parte de la deuda y el primero renuncia a su derecho sobre el resto.

Quorum. Es el número de miembros de un consejo o cuerpo deliberante que deben encontrarse presentes para que los acuerdos adoptados tengan validez.

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Fuente: Franklin Templeton Investments
La rentabilidad publicada en este documento se refiere a las acciones A(dis), expresada en divisa base del fondo, excepto para los fondos donde sólo existen acciones A(Acc.), en cuyo caso se muestra la de estas. La rentabilidad se calcula asumiendo la reinversión de dividendos, en aquellos casos donde corresponda. Las cifras anteriores representan rentabilidad totales en el período indicado, asumiendo la reinversión de dividendos y otras cantidades distribuidas.
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